Complemento Carta Porte: Qué es y para qué sirve

El nuevo requisito del SAT ya se encuentra vigente. Sí, así es, el Complemento Carta Porte se incorpora al CFDI, tanto de traslado como de ingreso. Esto, para el transporte en territorio nacional, sin importar si es por vía terrestre, marítima, ferroviaria o aérea.

Fue publicado el primero de mayo del 2021 y ha entrado en vigencia a partir del primero de junio del mismo año. Es importante conocer este nuevo requisito que te permitirá trasladar mercancía por el país.

Por ello, aquí te explicaremos qué es el Complemento Carta Porte y para qué sirve.

¿Qué es el Complemento Carta Porte?

El Complemento Carta Porte se trata de un comprobante fiscal que debe estar agregado al Comprobante Fiscal Digital por Internet (o CFDI, por sus siglas); el cual ampara a los trabajos de transporte.

Este complemento debe poseer toda la información relacionada con la mercancía o los bienes que serán trasladados. Esto incluye la ubicación de donde vienen, los puntos intermedios a recorrer y el destino.

También, debe poseer información sobre el medio por el que será transportado, si será por vía marítima, terrestre, ferroviaria o aérea. Además, de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

¿A quién va dirigido este complemento?

Tiene efecto sobre todos los traslados e ingresos dentro del territorio nacional. Este documento es para los transportistas, sin importar si su vía es marítima, terrestre, aérea o ferroviaria; pues se solicita para obtener la información pertinente sobre la mercancía, destino, traslado y procedencia.

Para el CFDI de tipo ingreso, el Complemento Carta Porte servirá como una referencia. Se encargará de amparar de forma legal la posesión de los bienes que se ingresarán al país. Asimismo, amparará a los contribuyentes que presten este tipo de servicio de transporte.

Para el CFDI de tipo traslado, el Complemento Carta Porte acredita la posesión de la mercancía nacional que forma parte de los activos. El CCP pueden expedirlo ellos mismos.

Según Julián Gaxiola, director general de GM Transport, «este documento se utilizará para hacer viable el traslado de mercancía o bienes, por lo que los transportistas deben llevarlo consigo para su presentación en caso de ser requerido».

Atributos del Complemento Carta Porte

El Complemento Carta Porte contiene una serie de atributos y nodos que deben ser rellenados para poder obtenerlo y agregarlo de referencia al CFDI. Por ello, presta atención para tener información básica sobre estos:

Versión

Este atributo es requerido, es decir, obligatorio, y posee un valor prefijado (1.0) que indica la versión del Complemento de Carta Porte.

Transp Internac

Otro atributo que no puede omitirse en el complemento. Este debe expresar si la mercancía o los bienes que se transportan están ingresando o saliendo del territorio.

Entrada Salida Merc

Atributo condicional, es decir, de uso opcional, donde se expresa de forma más clara si lo que se transporta está ingresando o saliendo del territorio.

Vía Entrada Salida

Al igual que el atributo anterior, este es opcional, y funciona para especificar si lo transportado se encuentra ingresando o saliendo del territorio.

Total Dist Rec

Atributo opcional donde puede registrarse la suma total de las distancias recorridas para el traslado de la mercancía o bienes. Esta información debe ser agregada en el nodo de «Ubicaciones:Ubicación:DistanciaRecorrida» (Estándar Carta Porte, 2021).

Ubicaciones

Nodo requerido, es decir, obligatorio, donde deben registrarse las distintas ubicaciones de los bienes o mercancías. Esto sirve para marcar el domicilio de origen y el de destino.

Este nodo condicional tiene dos atributos: Tipo Estación y Distancia Recorrida, ambos condicionales. Asimismo, dentro de este nodo se encuentra el nodo Origen, el nodo Destino y el nodo Domicilio, también condicionales.

Mercancías

Tiene cinco atributos, de los cuales cuatro son condicionales: Peso Bruto Total, Unidad Peso, Peso Neto Total y Cargo por Tasación. El atributo Num Total Mercancías es obligatorio.

También, posee cinco nodos, de los cuales el nodo Mercancía es el único requerido. Los demás son: Autotransporte Federal, Transporte Marítimo, Transporte Aéreo y Transporte Ferroviario.

Figura Transporte

El Cve Transporte es el único atributo requerido por este nodo. Se utiliza para expresar la clave que identifica el medio por el cual se transportan los bienes.

Los nodos que complementan este elemento son: Operadores, Propietario, Arrendatario y Notificado. Todos estos nodos son condicionales.

Si deseas más información sobre los nodos y atributos que deben ser rellenados; así como instrucciones concretas sobre cómo llenar el Complemento Carta Porte, puedes visitar el sitio del SAT y descargar su PDF.

Entonces, ¿para qué sirve el Complemento Carta Porte?

Para ayudar a los transportistas a saber qué es lo que trasladan y la legalidad de lo que mueven o ingresan al país. También ayuda al gobierno a tener un mejor control sobre lo que se encuentra en carreteras, vías, zona marítima y aérea del país.

De esta forma, es más fácil para quienes realizan los traslados el facturar y rellenar los datos necesarios para esto. Así logran cumplir rápidamente con lo establecido por las leyes y evitan inconvenientes o retrasos con el SAT.

¿Qué implica para los transportistas?

A pesar de verse como una ayuda, la implementación del Complemento Carta Porte es también todo un desafío. El transportista ahora está en la obligación de obtener toda la información pertinente para rellenar este documento.

El cliente debe entregar todos los datos necesarios antes de poder documentar y empezar el viaje. Esto es algo difícil, pues a veces dicha información se retrasa y no es entregada sino hasta el final del traslado; lo que significa una cosa: ahora los viajes pueden verse retrasados por la documentación.

Además, todas las operaciones deberán, de ahora en adelante, ser avaladas con CFDI de traslado timbrado con el «Complemento Carta Porte» que corresponda.

Todavía no existe un modo claro que explique cómo se validará dicho documento en carretera. Esto puede representar una desventaja para el conductor que aún no se ha familiarizado con el Complemento Carta Porte.

¿Cómo se debe emitir el CFDI con el CCP?

Este documento debe ser emitido de forma específica, según quién sea el encargado de transportar la mercancía. Por eso, para emitir el CFDI con el CCP debe realizarse de la siguiente forma:

Si es el propietario de la mercancía

Cuando es el propio dueño quien desea transportar su mercancía o bienes, debe emitir el CFDI de tipo traslado, agregando el Complemento Carta Porte. Éste deberá llenarlo él mismo con los datos correspondientes.

Si es un intermediario

Si el traslado de mercancía o bienes está en manos de un intermediario, este es el encargado de emitir un CFDI de tipo traslado, también agregando el Complemento Carta Porte. Éste debe ser rellenado con ayuda de la parte que desea realizar el viaje.

Si es una empresa de servicios de fletes

Si se trata de un servicio contratado para el traslado específico de algún bien o mercancía, los contribuyentes son los que deben expedir el CFDI de tipo ingreso. Esto es lo que les permitirá amparar el servicio prestado.

Dicho servicio debe tener el Complemento Carta Porte como una referencia, que igualmente debe ser rellenado por los contribuyentes.

Obligatorio a partir del 30 de septiembre

La implementación de este documento ya tiene un mes en vigencia. No obstante, no será hasta el 30 de septiembre del año en curso que se convertirá en una documentación obligatoria para todos los traslados dentro del país.

Por ello, el gobierno dio 120 días de ajuste a las nuevas medidas. Esto les da tiempo a los transportistas de adecuarse al Complemento. Además, permite que las autoridades pertinentes tengan oportunidad de tomar y probar las medidas para la verificación de dicho documento.

Actualmente, todas las empresas de traslado en México están actualizando su sistema para agregar el CCP a la documentación necesaria antes de iniciar un viaje.

¿Es un facilitador?

¡Por supuesto! Este documento sirve para otorgar todos los datos pertinentes sobre un traslado a las autoridades. Desde qué tipo de mercancía, hasta de dónde viene, por dónde ha pasado y a donde llegará.

Es más sencillo mantener un control aduanero y fiscal dentro del país de esta forma. Tener conocimiento de lo que recorre nuestras tierras es importante.

El proceso de facturación también será una cosa fácil gracias a este documento. Con toda la información en mano, no se deberá perseguir al dueño de la mercancía ni a quién la recibirá. Ayudará a todos los transportistas y empresas de fletes a estar en regla y al día con el SAT.

Documento de Carta Porte: completo, sencillo y necesario

El Documento de Carta Porte puede resultar confuso e incluso engorroso, debido al trabajo que significa obtener la información respectiva. Sin embargo, este agregado al CFDI no solo garantiza el amparo de los materiales, sino también la seguridad de la empresa y el transportista.

Este documento se encargará de facilitar todas las futuras transacciones y traslados dentro de México, así como los movimientos fiscales. Ahora sabes qué es y cómo funciona, así que no te olvides de implementarlo.

La tasa efectiva: la nueva estrategia de fiscalización

La tasa efectiva es una herramienta estratégica en materia de fiscalización que se ha dado a conocer en junio del presente año en el país. La intención de las autoridades pertinentes es que exista un instrumento muy práctico e idóneo para realizar los cálculos relativos a la rentabilidad y a los intereses.

El pasado junio de 2021, el organismo de Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer toda la información relativa al cálculo de las tasas efectivas sobre el ISR. Información que se publicó en el portal oficial y que está dirigida a los grandes contribuyentes.

Este artículo contiene información generalizada respecto a la reforma fiscal que quiere evitarse. El propósito es que las autoridades promuevan e incentiven el cumplimiento correcto y voluntario de los contribuyentes. Asimismo, poner a disposición las herramientas para realizar los cálculos adecuadamente.

¿Qué es la tasa efectiva?

Veamos de qué se trata el concepto de «la tasa efectiva» con el objetivo de entender un poco mejor el comunicado hecho por el SAT. La tasa efectiva se trata de un concepto de carácter matemático y fiscal específicamente.

Esta herramienta es un instrumento que funciona para realizar cálculos relativos a los intereses generados durante un determinado lapso de tiempo. Este procedimiento matemático permite medir la rentabilidad de elementos como los ahorros o los costos de créditos.

Estos cálculos son realizados para que, el sector económico y los grandes contribuyentes, tomen en cuenta el efecto de la capitalización.

Características generales de la tasa efectiva

Entre sus características más notables están:

  • Despliegue anual del interés nominal.
  • Depende la regularidad con lo que se pague.
  • Contiene todo lo relativo a la capitalización y también de intereses reinvertidos.

Comunicado del SAT sobre la tasa efectiva

Ahora bien, la tasa efectiva formará parte de una estrategia en el área de la fiscalización en el territorio mexicano. Esta información es de interés para los grandes contribuyentes, ya que el SAT compartió las tasas efectivas sobre ISR para medir aranceles de riesgo en distintos sectores de la economía.

El ejercicio fiscal de estas actividades dentro del documento hecho por el organismo incluye un lapso de tiempo entre los años 2016 y 2019; años sobre los cuales será aplicada esta nueva herramienta.

El documento o comunicado expuesto en el portal oficial no contiene información profunda al respecto. Sin embargo, si brinda información sobre los sectores específicos que el SAT determinó para y las respectivas tasas efectivas.

¿Qué información contiene el comunicado del SAT?

El documento sobre la tasa efectiva, expuesto en el portal oficial del SAT contiene:

  • Sectores de la economía determinados por el organismo.
  • Las tasas efectivas sobre el ISR.
  • Parámetros de referencia para realizar cálculos.
  • Invitación para motivar e incentivar a los grandes contribuyentes a consultar y verificar datos para la correcta cancelación de impuestos.

¿Cuáles son los sectores de la economía que determinó el SAT?

Como mencionamos anteriormente, la información publicada en el portal del SAT deja claro cuáles son los sectores que se encuentran afectados, los cuales son:

  • Industria manufacturera.
  • Comercio al mayor.
  • Industria minera.
  • Industria financiera.
  • Compañías de seguro.
  • Comercio al menor.

Estos sectores conforman un total de 40 actividades comerciales sobre las cuales se aplicarán las correspondientes tasas.

Reforma fiscal

Este es un factor importante respecto a la tasa efectiva, sobre todo al ponerse a disposición para el mejor funcionamiento del pago/cobro de impuestos. Dicho esto, es evidente el motivo por el cual, el SAT decide proceder de la forma en que lo hizo el mes pasado, al publicar el día 13 dicho comunicado.

El Código Fiscal sufrió una reforma en su artículo n° 33, en consecuencia, el SAT se vio en la obligación de ejecutar medidas para el cumplimiento de las leyes fiscales. Todo esto para incentivar a los contribuyentes grandes a colaborar.

De allí el comunicado que contiene información sobre los parámetros referenciales relativos a las tasas efectivas de ISR.

Los organismos solicitan el cumplimiento voluntario

Si bien es cierto, la tasa efectiva es un instrumento puesto a disposición para los grandes contribuyentes, dichos parámetros no son obligatorios. El SAT y los organismos fiscales hacen una invitación a aquellos que pertenecen a los sectores económicos mencionados, a calcular para evitar conflictos en el cobro de impuestos.

Con esto, están buscando incentivar a los contribuyentes para que estos cooperen voluntariamente al correcto proceso tributario. En especial a los grandes contribuyentes, y por eso, el SAT determina quienes deberán pagar.

Realizar los cálculos y las comparaciones entre las tasas oficiales de ISR y las tasas propiamente calculadas, permitirá minimizar los riesgos. En ese mismo sentido, las auditorías profundas pueden evitarse, y el cumplimiento correcto y voluntario se garantizaría.

Reforma fiscal VS impuestos vigentes

Para efectos del cumplimiento obligatorio del pago de impuestos se ha determinado no tener que recurrir a una reforma de carácter fiscal. En caso contrario, las autoridades esperan que se cumpla con el pago de las tasas vigentes.

¿Qué lineamientos estipula el SAT respecto a la tasa efectiva?

El SAT ha determinado lo siguiente con respecto a la tasa efectiva:

  • Compañías grandes en el territorio mexicano solo deberán pagar una tasa efectiva de 1.3%.
  • Una reforma a las tasas de fiscalización de contribuyentes grandes conllevaría al aumento del recaudo de PIB a un 3%.
  • La reforma implicaría un aumento de las tasas impositivas.
  • Se aplicarán cambios a los demás sectores el año próximo.

¿Qué planean los organismos para el año entrante?

Los planes a futuro indican que el SAT pondrá sobre la marcha, el análisis necesario para dictaminar las tasas efectivas relativas al resto sectores económicos no expuestos en dicho este documento.

Se espera que para el año que viene, el SAT dé a conocer la información del mismo modo que ahora, a través del portal oficial de Internet.

La tasa efectiva: estrategia de fiscalización

Los organismos fiscales quieren evitar una reforma fiscal. Una de las herramientas que están implementando es la tasa efectiva. Además, existen muchos más instrumentos que pueden ser utilizados para evitarlo. Especialmente, el tema concierne a una reforma generalizada, ya que ésta traería algunas consecuencias.

La estrategia actual consiste en una manera de invitar específicamente a los grandes contribuyentes a cumplir con el pago de impuestos. Esto se debe a que la evasión de los mismos implica que el fisco no percibe, al menos, una cantidad de 700.000 mdp.

El objetivo es fomentar el pago de las tasas vigentes, las cuales representan una tasa efectiva de 1.3%, posterior a las deducciones. En líneas generales, ese porcentaje equivale a un 3% del PIB (Producto Interno Bruto). Y es por este motivo que se han tenido que imponer aumentos.

Los aumentos en materia fiscal no han hecho más que traer consecuencias a los mismos contribuyentes.

Repercusiones de la evasión de impuestos

La tasa efectiva, como herramienta estratégica en materia fiscal, busca intentar reducir la aplicación de aumentos en las tasas de impuestos. Estos aumentos representan porcentajes significativos para los contribuyentes más pequeños.

El año pasado, las personas físicas se vieron afectadas tras pagar una tasa efectiva un poco por encima del 25%. Este porcentaje representa una tasa impositiva mucho más alta que la de los contribuyentes grandes. Además, respecto a los contribuyentes en sueldos, se observó una tasa impositiva del 11% durante el mismo lapso de tiempo.

La diferencia entre los contribuyentes pequeños y grandes es significativa, ya que estos segundos solo pagaron una tasa de 1.3%. Además de representar tan solo una décima parte de los impuestos cobrados, muchos sectores se encuentran evadiendo impuestos.

Una repercusión que afecta al sistema fiscal por las devoluciones que el fisco debe hacer, por causa de tasas negativas, producto de los que no pagan impuestos.

¿Podrá minimizarse el índice de evasión de impuestos?

No se sabe a ciencia cierta si poner en marcha lo de la tasa efectiva sea una solución a corto plazo para minimizar la evasión de impuestos. Es posible que tarde varios ejercicios fiscales en recuperar todo el recurso que contribuyentes grandes o negocios informales han dejado de pagar.

El gobierno y los organismos esperan poder combatir efectivamente la evasión fiscal y la corrupción. Se tiene la expectativa de una mejoría progresiva, que logre aumentar los recursos que ingresan al fisco si estas medidas resultan exitosas.

Para más información

Consideramos que es fundamental que las personas tengan acceso a más información. El SAT se ha encargado de poner a la disposición de todos, una sección de preguntas frecuentes en su mismo portal de Internet.

Para visitarlo puede ingresar al SAT, ya que el enlace se encuentra disponible dentro del documento publicado por el mismo organismo. De todas maneras, también puedes revisar dicha sección haciendo clic en la palabra enlace.

 

Evita problemas con el SAT debido a depósitos en efectivo

Como ha sucedido otras veces, están rondando muchos rumores en relación con los depósitos en efectivo. En su mayoría son noticias falsas, aunque hay algunas que son verdaderas. ¿Cómo diferenciarlas? Como suele suceder cuando desconocemos de algún tema, lo mejor que podemos hacer es informarnos.

Un vistazo rápido a la manera en que se fiscalizan los depósitos en efectivo

Los puntos clave que debes conocer sobre la relación del SAT con los depósitos en efectivo son:

  1. Las instituciones financiares están obligadas a reportar al SAT las cuentas que reciban montos en efectivo de 15 mil pesos o más. Si se alcanza un total de 15 mil pesos al mes en sumas menores, también deben informarlo.
  2. La declaración hecha al SAT es obligación del banco y no del contribuyente.
  3. El SAT supondrá que ese dinero no ha sido declarado en el ISR. Luego se pondrá en contacto con el titular de la cuenta para exigir una aclaración del origen de ese dinero.
  4. De no poder explicar el origen de este y/o no poder comprobar que el ISR ya ha sido pagado, el SAT tomará medidas.
  5. Entre estas medidas está exigir el pago del ISR, solicitar actualización de los datos, multar o aplicar recargos.

Para conocer más a fondo cada uno de estos puntos, sigue leyendo.

¿Qué tipo de depósitos son considerados “en efectivo”?

Para ser considerado un depósito en efectivo, este puede ser tanto de moneda nacional como extranjera, a nombre de cuentas de personas físicas o morales. Esto siempre y cuando sea efectuado en cualquier institución que forme parte del sistema financiero.

Cobrar en efectivo los cheques en caja también se considera como uno de estos depósitos.

En cambio, aquellas que no son depósitos en efectivo son las operaciones que:

  • Involucran títulos de crédito
  • Efectúan traspasos a otras cuentas
  • Se hacen por medio de transferencias electrónicas
  • Otros sistemas o documentos previamente acordados dentro de la ley con las instituciones que conforman el sistema financiero

¿Los depósitos de este estilo suponen algún impuesto extra?

La realidad es que no, aunque mucha gente sigue creyendo estos mitos con relación al dinero en efectivo. El único impuesto que se relaciona es el ISR, ya que este engloba todos los ingresos de la persona, incluyendo aquellos en efectivo.

Anteriormente existía el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, el cual gravaba el 3% de los montos superiores a 15 mil pesos. A pesar de que hace 7 años que el SAT reformó esta ley y ya no existe un impuesto extra, algunos creen que sigue vigente.

La razón por la que se hacía esto era para en cierta manera combatir con la informalidad. Personas que poseen negocios donde obtienen dinero en efectivo pueden esconder de las autoridades sus ingresos reales, pagando de este modo menores impuestos.

Una confusión que siempre sucede

Siempre ha estado circulando en las redes o las bocas de las personas información errónea respecto a los ingresos en efectivo. El 2019 fue un año que destacó por la cantidad de noticias falsas que muchos creían ciertas

A mitad del 2020 existió un rumor de que los contribuyentes debían declarar al SAT los depósitos en efectivo de al menos 5 mil pesos. Esto llegó tan lejos que la Procuraduría de Defensa al Contribuyente tuvo que pronunciarse al respecto desmintiendo la información.

Lo que ocurrió fue que la reforma fiscal que hubo para esa fecha alteró algunas leyes referentes al pago del ISR y el IVA. Estas regulan las operaciones realizadas a través de aplicaciones informáticas o plataformas tecnológicas, pero aquellas relacionadas con dinero en efectivo no se ven afectadas.

No te dejes llevar por rumores de gente malintencionada y mantente al tanto de la información provista por las autoridades en su sitio oficial.

¿Cómo hace el SAT para monitorear esta clase de depósitos?

Las instituciones financieras tienen la responsabilidad de darle aviso al SAT cuando:

  • Los depósitos en efectivo hechos a una misma cuenta excedan un total de 15 mil pesos al mes
  • El monto del depósito es de 15 mil pesos o más

Desde el momento que este sistema entró en vigor hace 8 años, las instituciones debían entregar sus reportes antes del 14 de febrero. Recientemente esto ha sido modificado, y a partir del 2021 se le ha agregado una modalidad mensual.

Controla tus cuentas y evita problemas fiscales

Para el SAT, todo el mundo es culpable hasta que se demuestre lo contrario. Cuando reciben la notificación por parte de los bancos, están en el derecho de exigir al titular de la cuenta una explicación. Como ya dijimos, ellos asumirán que el ISR correspondiente a ese ingreso no se ha pagado aún.

El contribuyente deberá esclarecer cómo obtuvo ese dinero. De no poder lograrlo satisfactoriamente, el fisco podrá:

  • Exigir al contribuyente pagar por el ISR de dicho monto
  • Solicitar actualizaciones
  • Aplicar recargos o multas

Un socio de Impuestos de Baker Tiny Mexico opinó que los depósitos en efectivo son un problema fiscal debido a lo difícil que es darles seguimiento. Lo que el SAT quiere es conocer el origen del capital, pero sólo es posible rastrear hacia dónde va y no de dónde proviene.

Algunos consejos útiles

Ten en cuenta que recibir fondos en efectivo no es algo ilegal, y no deberás pagar ningún impuesto por ello. Lo peor que puede suceder es que pases un mal rato al ser citado por el SAT para dar explicaciones.

Para evitar que esto suceda, escoge recibir dinero a través de transferencias siempre que puedas. Tampoco prestes tus tarjetas de débito, esta suele ser una causa de las conocidas discrepancias fiscales.

Por último, documenta debidamente todos tus ingresos y que todos sean informados al presentar declaraciones. Cuando recibes dinero en efectivo en tu cuenta, debes tener especial cuidado de quién te hace el depósito. Tú eres el que deberá responder ante el SAT de haber algún inconveniente.

¿Hay alguna obligación relacionada con los depósitos en efectivo?

Revisando la página del SAT encontraremos una que habla sobre presentar la declaración anual de tus depósitos en efectivo. Ahí dice la fecha en que debe entregarse, a quién le corresponde hacerlo, su fundamento legal y cuál es su objetivo.

Pero no te preocupes, no necesitas salir corriendo a dar cuentas al SAT de tus depósitos en efectivo. No a menos que seas una entidad financiera. Estas son las que deben proporcionar la información de aquellas cuentas que cumplan las condiciones que ya se han mencionado.

Algunos expertos en la materia han opinado que mientras que los bancos están obligados por ley, los contribuyentes son libres de no hacer nada. Mientras que sepan que sus actividades están debidamente respaldadas ellos pueden seguir actuando con normalidad.

¿Esto significa que el dinero obtenido en efectivo está exento del ISR?

Las entidades financieras rinden cuentas al fisco sobre los depósitos en efectivo, pero esto no guarda relación alguna con el pago de impuestos. Para estos existe la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la cual cobra a las personas un monto proporcional a sus ingresos.

Es decir, cuando el ciudadano presenta su declaración de impuestos, debe incluir el dinero adquirido por medio de depósitos en efectivo. Hay algunas excepciones que aplican a la hora de cobrar impuestos, pero ninguna de estas es exclusiva para el dinero en efectivo.

Cuando la suma que recibes es menor a 15 mil pesos, el banco no tiene por qué informarle al SAT. No obstante, están en la libertad de informar a las autoridades de estas cantidades menores en el caso de que ellas se lo soliciten.

Con las transferencias bancarias, el SAT puede fácilmente corroborar que el monto declarado en tus impuestos coincide con el saldo de tu cuenta. Pero cuando se trata de los ingresos recibidos en efectivo, no tienen manera de confirmar la información que les proporcionas.

¿Qué no se considera para el ISR?

Los siguientes ingresos están exentos del ISR, independientemente de si los reciben a través de depósitos en efectivo o cualquier otra modalidad:

  • Aguinaldos
  • Horas extras
  • Prima dominical
  • Prima vacacional
  • Seguro de retiro
  • Ayudas sociales (Becas, ayudas de funerales, útiles escolares)
  • Prima por antigüedad, separación, retiro e indemnizaciones
  • Reembolsos de gastos médicos, hospitalarios, dentales y de funeral
  • Jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en parcialidades

Para que algunos de estos ingresos sean exentos, quizás haya que cumplir con ciertas condiciones. Por ejemplo, mientras que las horas extras dobles están libres de impuestos, las triples se cobran en su totalidad. El artículo 93 del SAT específica las condiciones bajo las cuales no se paga el ISR.

Con el conocimiento que has adquirido en este artículo no deberías de tener miedo con los depósitos en efectivo. Recuerda mantenerte al día con la información fiscal más reciente y confiar sólo en fuentes oficiales para no creer en noticias falsas.

 

¿Qué hacer si no te quieren expedir una factura?

Al momento de realizar una compra determinada en cualquier establecimiento comercial es fundamental que el cliente exija la factura de dicha transacción. De la misma forma, el vendedor estará en la obligación de expedir una factura, aunque esta no sea una exigencia del comprador.

Ahora bien, si el cliente no la recibió o el vendedor se negó a expedir una factura, deberá denunciarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Es decir, esta acción corresponde a una obligación en materia tributaria que debe ser cumplida de acuerdo con lo establecido en la ley respectiva.

Si el cliente no la tuvo en su poder ese mismo día, el dueño del establecimiento le puede sugerir ingresar a la página web de la empresa. Una vez allí, podrá generar una factura electrónica. Esta conducta no puede ser tachada como irregular, pero no se debe convertir en la alternativa por no querer expedir una factura.

¿A dónde recurrir cuando se niegan a expedir una factura?

Antes de saber los pasos a seguir a la hora de que el establecimiento no logre expedir una factura, es preciso conocer a dónde recurrir. El Servicio de Administración Tributaria de México es un ente perteneciente al ejecutivo. Su misión es la aplicación de la ley para que los usuarios contribuyan con el Estado.

El SAT se encarga de la recaudación de los tributos en la república mexicana. Para cumplir su cometido debe permitir y facilitar que los contribuyentes cumplan su obligación de manera voluntaria. Este servicio fue creado en el año de 1997 y fue adscrito a la Secretaría de Hacienda.

Funciones del SAT

Como todo ente administrativo cumple toda una serie de funciones que se encaminan a coadyuvar al Estado a alcanzar sus fines.

El SAT desarrolla una serie de actividades que van desde el diseño de la política tributaria hasta recibir las denuncias formales por incumplimiento de expedir una factura. Entre ellas se citan:

  • Proveer al Estado de toda la información que éste requiera para la elaboración, diseño y manejo de la materia tributaria nacional.
  • Vigilar de manera sistemática a todos los contribuyentes con el fin de que cumplan los preceptos establecidos en la ley tributaria.
  • Proceder a la inspección de las mercancías que entran y salen de México, constatando que sean cancelados los respectivos aranceles de estas.
  • Cumplir con el principio de colaboración entre los entes de la administración pública, emitiendo y solicitando a tiempo las informaciones requeridas por otros departamentos.
  • Asesorar a las personas naturales y jurídicas en cuanto a sus obligaciones tributarias. De la misma forma, propender a que toda norma, providencia y demás actos administrativos sean publicados y dados a conocer a los usuarios; en especial los que modifiquen materias de su competencia.
  • Facilitar al usuario la tramitación vía Internet de solicitudes y de los formularios fiscales, entre ellos expedir una factura electrónica. Es preciso destacar que de esta forma permite registrar, a través del sistema, las compras y ventas efectuadas y el monto del impuesto causado.
  • Promover el aumento de su propia capacidad recaudadora de impuestos. De igual forma debe procurar que el contribuyente tenga una acertada percepción del trabajo desarrollado por este organismo.
  • Establecer, actualizar y ordenar el registro de contribuyentes nacionales. Con esta función el SAT puede conocer de primera mano el censo de todos y cada uno de los llamados a cancelar impuestos en el país.

Solicitud para que se cumpla la obligación de expedir una factura

El usuario tiene potestad para requerir al SAT una de las obligaciones más importantes que tienen los establecimientos comerciales, como lo es expedir una factura. Cuando el vendedor no cumple con esta acción o simplemente el cliente no pudo requerirla, el SAT pone a disposición su sistema para generarla.

Este innovador servicio es un acto de conciliación en el que el cliente informa a la autoridad tributaria sobre esta irregularidad. En dicha solicitud se pone de manifiesto que el proveedor no procedió a expedir una factura a pesar de habérsele solicitado.

Con toda la información que el usuario le provea al SAT, se enviará una invitación al establecimiento comercial. En ella se le sugerirá, por vía de conciliación, que emita la factura y la envíe al correo electrónico del cliente. Esta solicitud tiene por fin la obtención de la factura respectiva.

Procedimiento que debe seguir el contribuyente

Es menester que el contribuyente conozca que este servicio puede ser solicitado por usuarios a quienes se les negó la expedición de una factura. Este requerimiento puede ser realizado en cualquier momento, ya que es un servicio en línea. Se deben seguir los pasos siguientes:

  1. El cliente deberá ingresar al portal del SAT. Al encontrase en la aplicación deberá seleccionar la opción continuar. Una vez en el sitio web, el sistema irá indicando de una manera sencilla los datos que serán enviados. Este formulario debe ser llenado directamente por el cliente.
  2. Acto seguido, el usuario deberá incluir todos y cada uno de los datos del establecimiento comercial que no cumplió con expedir una factura. Anexará el nombre o razón social de la empresa. Es preciso que el cliente no omita ningún tipo de información pues esta será vital para el proceso.
  3. A continuación, el cliente hará un detalle sucinto de lo acontecido. Hará un relato real de los hechos. Procederá a describir el producto o servicio que compró. Asimismo, relatará acerca de la razón o respuesta del dueño del establecimiento para negarse u omitir la obligación de expedir una factura.
  4. Como otro de los pasos importantes a seguirse encuentra la indicación exacta del domicilio del establecimiento comercial. La ubicación de la empresa en fundamental para el inicio de cualquier acto administrativo en cuanto a las notificaciones.

Proporcionar datos y autorizar

Es pertinente y altamente recomendable que el usuario seguidamente proporcione al sistema sus datos exactos. De esta manera se procederá a mantenerlos actualizados y será una herramienta útil para mostrar oportunamente el estatus de la solicitud.

Luego deberá seguir estos pasos:

  1. Es menester que el cliente autorice al sistema para que utilice sus datos personales. Este requerimiento está relacionado con el seguimiento efectivo que deba hacérsele a la solicitud. La empresa que se negó a expedir una factura solo podrá ver el RFC y el correo electrónico a nivel del sistema.
  2. Una vez que la solicitud llegue al dueño del establecimiento comercial estará obligado a expedir una factura, remitiéndola al correo allí indicado. De no cumplir con esta exigencia, es necesario que se haga el respectivo seguimiento que lleve a dilucidar la negativa.
  3. Posteriormente y habiéndose cumplido los pasos anteriores, el cliente procederá a incluir el código que aparece en captcha. Lo validará y en ese mismo instante lo enviará. Si el sistema no muestra el referido código, el usuario entrará en la parte inferior y generará uno nuevo.
  4. Para finalizar, el cliente guardará el folio y su respectiva contraseña. Con los datos referidos anteriormente, podrá hacer un rastreo a la solicitud que ha generado. Todo tipo de información relativa al caso será enviada al cliente a través del correo solicitudesdefaactura@sat.gob.mx.

¿Cómo puede hacer el cliente el seguimiento a través del sistema?

Una vez efectuada la referida solicitud por medio del sistema del SAT, si el cliente verifica que no le fue cumplida la obligación de expedir una factura, deberá:

  • Ingresar al sistema con su RFC, folio y contraseña que fueron remitidos a su dirección de correo por parte del SAT al crear la solicitud. Es preciso que el cliente guarde cuidadosamente esta información de carácter personal.
  • Una vez dentro del sistema, ubicará la solicitud efectuada con anterioridad y revisará minuciosamente el estatus de la misma. Aquí observará todas las actuaciones llevadas a cabo hasta el momento.
  • Para verificar todo lo que se ha logrado, ingresará al link En él se refleja el historial de conversaciones que se han hecho para poder escudriñar por qué no se procedió a expedir una factura.
  • En caso de que fuere requerida información adicional, hará clic en el recuadro proporcionar información solicitada. Estos datos deberán ser incluidos dentro de las 48 horas siguientes. Si el cliente no cumple en el tiempo indicado será imposible dar seguimiento a la solicitud.
  • Si así lo prefiere, cambiará su contraseña para acceder al sistema. Para optar por esta acción hará clic en la opción cambiar contraseña. Es preciso indicar que este link se encuentra en la sección consulta de solicitudes.
  • Posteriormente, seleccionará el folio de las solicitudes que hubieren sido generadas con anterioridad. Le será remitida una contraseña a su correo. Con ella creará una nueva, la confirmará y hará clic en cambiar.
  • Con la nueva contraseña que ha creado podrá revisar el estatus de todas las solicitudes efectuadas. Esta acción será adelantada por el cliente teniendo presente que deberá guardar sus informaciones personales con cautela.

Obtén tu factura y lleva tus registros

Tanto las personas fiscales como las naturales pueden verse en aprietos si se les niega la entrega de una factura que resulte muy importante. Ya sea para comprobar los gastos o para justificar las salidas, es fundamental poder acceder a este derecho.

Ahora podrás utilizar esta información para hacer valer tus derechos y evitar cualquier obstáculo en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

 

Reforma de outsourcing ¿Qué debes saber?

Mucho se ha escuchado hablar sobre la reforma de outsourcing en estos últimos meses. Sin embargo, pocos son los que realmente saben de qué se trata y los cambios que puede generar en el sector empresarial; tanto para las mismas empresas como para todo el personal que labora en ellas.

En busca de que exista un equilibrio entre los derechos de las empresas y sus trabajadores, sale a flote esta nueva reforma. La cual esta vez apunta hacia los beneficios que debe tener por ley la clase trabajadora ante la ejecución de sus labores. Si deseas conocer más sobre este tema, solo continúa leyendo.

¿Qué se conoce como la reforma de outsourcing?

La reforma de outsourcing tiene que ver con el cambio que el presidente Andrés Manuel López Obrador estableció en 7 de las leyes mexicanas. Esto se llevó a cabo en el pasado mes de abril. Donde por medio del Diario De la Federación Oficial se puede leer claramente los cambios establecidos.

Esta reforma genera una transformación importante en lo que hasta los momentos venía siendo un recurso bastante implementado por muchas empresas. El outsourcing les otorgaba la potestad a las compañías de poder usar a terceros para llevar a cabo una contratación legal, pero poco favorable para muchos.

En este sentido, se mostraba de forma evidente como empleados de algunos sectores de gran relevancia no recibían un trato digno. Dejando de lado, o en muchas ocasiones omitiendo, el valor del trabajo que llevaba a cabo el personal. Mientras que la empresa quedaba exenta de obligaciones legales.

Es allí donde se propone implementar la reforma de outsourcing. Su ejecución será custodiada por los organismos del estado pertinente. Por lo cual cada empresa debe modificar y establecer en los trabajadores bajo el sistema de outsourcing los nuevos lineamientos.

Entendiendo la reforma de outsourcing

Para entender de mejor manera todo lo relacionado con la reforma de outsourcing, es crucial tener claridad de lo que  se trata. En nuestro idioma, la palabra outsourcing, se puede traducir como “fuente externa”. Sin embargo, se utiliza de forma frecuente la connotación de subcontratar.

Por lo tanto, se conoce el outsourcing o subcontrato como el acto de traer los servicios de un determinado personal a una empresa. Tomando en cuenta que dicha acción se ejecuta por medio de un tercero.

Es decir que, existen tres elementos en este proceso. Dos empresas trabajan entre sí para contratar a un trabajador, o un servicio específico. Esto con el fin de que la empresa principal no se encargue directamente de los beneficios y trámites fundamentales que el empleado debe recibir.

Podemos exponer el ejemplo de un servicio de limpieza. Un contratante desea ese servicio para su empresa, pero obtenerlo directamente le genera mayores gastos y trámites. Por tal razón, gestiona por medio de un contratista de esta área un trabajador con el cual ya posea una relación laboral establecida.

¿A qué se debe la creación de la reforma de outsourcing?

El outsourcing fue establecido formalmente en la LFT desde el año 2012. No obstante, en la actualidad ha causado grandes polémicas debido a su metodología. Hecho que se ha establecido como punto de partida para instaurar la reforma de outsourcing.

Son dos los aspectos principales tomados en cuenta por el gobierno mexicano para crear tal reforma. El primero está relacionado con la falta de beneficios que deben tener por ley los trabajadores. Por otra parte, también se evidencia la evasión de los pagos fiscales que cada empresa debe realizar.

Pese a que este método ha sido una alternativa para que muchas personas consigan empleo, es considerado perjudicial por la forma en que lo manejan algunas empresas.

Hasta hace pocos meses se conocía de la existencia de más de 5 millones de personas que laboraban bajo este método de trabajo. La inspección en determinados sectores empresariales dio a conocer que existe un alto número de subcontratos. Lo que coloca a este sistema como el método principal implementado por estas empresas.

Elementos tomados en cuenta para implementar la reforma

Desde el año 2019 la Secretaría Del Trabajo y Prevención Social en conjunto con otros organismos del estado han evaluado el sistema empresarial. Con el fin de generar el debido cumplimiento a la Ley del trabajo y proporcionar mejores beneficios a los trabajadores.

Durante tal proceso se pudo evidenciar diversos elementos que impulsaron a que la reforma de outsourcing se pusiera en marcha. Algunos de estos son:

  • El mecanismo de trabajo no le permite crear antigüedad a los empleados, lo cual repercute en beneficios a largo plazo para los mismos.
  • Muchas empresas no llevan a cabo la repartición de las utilidades.
  • Los trabajadores subcontratados pueden quedar exentos de recibir beneficios como: la prima vacacional o las prestaciones en el mes de diciembre.
  • Se cohíbe el ejercicio de los derechos de forma colectiva.
  • Algunos trabajadores tenían establecidos en el IMSS sueldos por debajo de los que realmente recibían.
  • Existían empresas que matriculaban a sus trabajadores con otros tipos de cargo del que ejercían, para disminuir el pago por riesgos laborales.
  • Ya que se establecía un subcontrato por determinado tiempo, el personal no podía mantener una certeza de continuar con sus labores en la empresa.

Cambios que se generan en la ley por medio de la reforma de outsourcing

Por medio de la reforma de outsourcing se derogan diferentes artículos de leyes como la LFT, Código Fiscal de la Federación, Ley del Seguro Social, entre otras. Alguna de las modificaciones que se exponen son las siguientes:

Anulación del outsourcing

Queda prohibido llevar a cabo un sistema de outsourcing para realizar la contratación del personal. Ya sea por parte de una empresa o directamente de un patrón.

Excepción en servicios especializados

En el caso de que exista un servicio especializado habrá la excepción de poder establecer un subcontrato. Si la empresa necesita un servicio que no está relacionado con las labores directas y sociales de esta organización, ni de la ganancia económica, puede subcontratar.

Establecimiento de contratos

Todo servicio especializado debe tener formalmente un contrato. Este debe ir avalado por Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que pueda establecerse de forma legal y justa.

Responsables solidarios

Si los trabajadores de los servicios especializados no reciben un trato digno, la empresa que contrate será la encargada de asumir esa responsabilidad.

Agencias de colocación

Existirán las agencias de colocación en este proceso. Las cuales tienen como misión llevar a cabo actividades como reclutamiento, selección de personal, o preparación. Sin embargo, no poseen la autoridad de ejercer ningún mandato ante los trabajadores.

Sanciones por desacato

Serán establecidas sanciones para todas aquellas empresas que lleven a cabo subcontrataciones. De igual manera esto será aplicado para quienes no cumplan con los lineamientos establecidos legalmente en la excepción de los servicios especializados.

Cómo influye esta reforma a nivel empresarial

La nueva reforma de outsourcing puede generar gran influencia en las empresas con respecto a los siguientes aspectos.

  • Las empresas deben llevar a cabo los nuevos cambios para cumplir con lo establecido en la ley.
  • El no cumplimiento de esta ley puede generar consecuencias económicas y legales a la empresa. Hasta el punto de tener que pagar una alta suma de dinero, o en casos extremos, la privación de libertad de los dueños.
  • Se debe abrir el espacio de nuevos departamentos de trabajo.
  • Algunas empresas deberán realizar inversiones en ámbitos relacionados con infraestructura, administración y tiempo.
  • Las empresas que se dedican a la subcontratación deben reestructurar sus funciones.

Ventajas de la reforma

  • Permite la consolidación de empleos de manera formal y legal para las personas.
  • Por medio de este ajuste en la ley, se busca esclarecer el estatus y puntos de trabajo de los empleados en una empresa.
  • Brinda mayor formalidad y estabilidad a los servicios especializados
  • Se amplía las necesidades de diferentes servicios en las empresas.
  • Vela por el cumplimiento y la atención que la clase trabajadora merece por derecho constitucional.
  • Puede incrementar la calidad, eficiencia y productividad de la empresa.

La aplicación de la reforma de outsourcing

Antes del decreto de esta nueva reforma ya la cancelación del sistema de subcontratación estaba en materia de discusión. No era un secreto para nadie que dicho sistema tenía sus ventajas para algunas empresas, pero también perjudicaba a muchos trabajadores subcontratados.

No obstante, a partir de la puesta en marcha de estos ajustes es importante mantener un seguimiento de su cumplimiento y sus resultados. Esto con el fin de evitar que algunas organizaciones recurran a la aplicación de trabajos informales. Considerando también que dicha medida puede aumentar el índice de desempleo.

Conociendo esto, veremos la repercusión de la reforma de outsourcing. La cual desde mayo del año en curso se está implementando y donde los organismos pertinentes velarán por el cumplimiento de la misma.

Régimen fiscal: ¿Cuál debo elegir?

El tema del régimen fiscal es un punto muy importante para todo el que tiene una empresa, organización, negocio, o algún otro establecimiento comercial. No basta solo con constituir alguno de los puntos antes mencionados, sino que también estos deben fundarse en las bases legales que designa el estado.

Es importante saber que de acuerdo con el régimen fiscal en donde se ubique determinada actividad económica se establecerán diferentes deberes, estatus fiscales y condiciones de pago. Si deseas saber más sobre el régimen fiscal y cuál debes elegir de acuerdo con las funciones de tu negocio, solo continúa leyendo.

¿Qué se conoce como régimen fiscal?

Antes de realizar cualquier acción referente al régimen fiscal es elemental conocer de qué se trata esto. Por lo tanto, empezaremos mencionando que el régimen fiscal se puede definir como un determinado grupo de normas; las cuales deben ser cumplidas a cabalidad por las personas morales y físicas.

En este sentido, cualquiera que establezca un negocio que genere retribución monetaria mantiene el deber de cumplir con las obligaciones implantadas en la ley. Esto se debe a que se está generando una ganancia económica de la cual por derecho el estado debe recibir un pago.

En México existe el organismo conocido como SAT el cual es el encargado de gestionar y controlar los pagos que deben realizar determinados contribuyentes. En donde los comerciantes o empresarios deben llevar a cabo un registro para crear de forma adecuada su negocio.

También el SAT es el que se encarga de establecer las leyes y obligaciones por las que cada régimen fiscal debe regirse. Cabe destacar que dependiendo de cómo esté constituida la actividad económica, su trato fiscal puede ser de determinada manera. Sin embargo, todos deben cumplir la ley.

Persona física y moral para el régimen fiscal

Otro de los puntos importantes que deben aclararse para conocer el régimen fiscal tiene que ver con las personas morales y las personas físicas. Hay que tener muy claro qué ámbito comercial abarca cada una para saber el tipo de régimen fiscal que le corresponde. A continuación, explicaremos estos dos importantes aspectos.

Persona física

Las personas físicas se reconocen como aquellos contribuyentes individuales. Sujetos, ya sean hombre o mujer, con intereses, capacidades, comportamiento y conductas que los caracterizan como seres humanos.

De igual manera se le puede conocer como una persona natural. Esto debido a que así se le denomina a quienes desde el principio de su vida hasta su fallecimiento cuentan con una personalidad.

Si una persona física desea establecer una actividad económica lo puede llevar a cabo de forma autónoma. También existe la opción de que sea por medio del establecimiento de una asociación con determinado organismo.

Persona moral

Se reconoce como persona moral a las entidades, organismos, corporaciones, empresas, las cuales están constituidas por las personas físicas o también por otras personas morales. Los elementos mencionados anteriormente son los que van a darle respaldo y desarrollo a las personas morales.

A diferencia de las personas físicas, estas no son tangibles y no poseen una estructura corporal ni humana. En cambio, se le da solidez y seguridad a su creación por medio de las leyes jurídicas, para que puedan tomar lugar en sus deberes y derechos.

Tipos de régimen fiscal y cuál elegir

Una vez teniendo claro lo que significa ser una persona física y una moral, hay que conocer qué tipo de régimen fiscal existe para cada una. De esta manera cada contribuyente podrá saber bajo qué leyes y reglamentos se orientará su actividad económica. A continuación, mencionaremos de cuáles se tratan.

Personas físicas

Para este tipo de persona los regímenes fiscales son:

Asalariado

Esto tiene que ver con las personas que reciben una retribución económica por el trabajo realizado en determinada empresa. También se conoce como servicio personal subordinado, ya que se ejecuta a través de los medios, lineamientos y mandato de un jefe o patrón; el cual debe garantizar los beneficios pertinentes.

El medio utilizado por estos trabajadores para cancelar los impuestos es a través de lo que se conoce como nómina. Al momento de pagar el salario, el empleador se encarga de retener el dinero que va dirigido al impuesto. Siendo este mismo el que luego hace el pago fiscal.

Actividades de las empresas

Este tipo de actividades no se encuentran bajo una nómina ni están subordinadas a un jefe. Pueden estar incluidos servicios especializados que ejercen su trabajo de forma independiente. No mantiene un estándar de pago para su trabajo y puede encontrarse, entre muchas otras, las actividades destinadas al comercio.

Arrendatarios

Está incluido todo aquel que recibe una ganancia económica por haber cedido de forma temporal una propiedad a otra persona para que esta la utilice; ya que el arrendador se encuentra obteniendo dinero del arrendatario, se ve en la obligación de cumplir con los impuestos.

Trabajos profesionales

Tiene que ver con aquellos servicios ejercidos por profesionales en áreas determinadas. Esto quiere decir que la persona debe contar con un título que lo acredita como graduado y que lo lleva a poner en práctica su profesión.

Incorporación fiscal

Se catalogan como aquellos que ejercen algún oficio pero que no cuentan con una titulación profesional para ello. Lo cual tampoco les impide ejecutar su trabajo. Estas personas mantienen un monto límite de ingresos.

Enajenación de bienes

Este régimen fiscal puede dividirse en dos partes. Primero se encuentra el régimen general, donde se hace la compra y venta de bienes e inmuebles. Mientras que lo segundo está relacionado con el mercado de acciones, donde no se enfoca en los inmuebles sino directamente en las acciones.

Adquisición de bienes

Este régimen fiscal a simple vista puede confundirse con los 2 antes mencionados. Sin embargo, hay que aclarar que posee ciertas especificaciones que son tomadas en cuenta y que establecen la diferencia de uno con el otro. En el art. 130 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se puede aclarar mejor este punto.

Ingresos por interés

El ingreso por interés se lleva a cabo cuando existe una cantidad de dinero en una entidad bancaria que esté generando intereses. Por lo tanto, debido a dicha ganancia se deben pagar ciertos impuestos.

Obtención de premios

Tiene que ver con aquellas personas que reciben un monto económico considerable por haber ganado un premio. Ya sea por medio de loterías, sorteos, rifas, entre otros, se debe pagar el régimen fiscal.

Ingresos por dividendo

En el mundo empresarial se puede ver como hay personas que solo poseen las acciones de una empresa. Este hecho los lleva a tener el papel de accionistas, por tal razón, reciben ganancias de estas. En este caso esas personas físicas deben pagar los impuestos correspondientes por las ganancias otorgadas.

Extranjeros

En el caso de ser un extranjero que se encuentra trabajando, o con un negocio establecido en el territorio mexicano, también entra en los regímenes fiscales. Tomando en cuenta que los pagos que deben ser realizados por estas personas mantienen cierta diferencia y condiciones.

Personas morales

Para este tipo de persona los regímenes fiscales son:

Régimen general

Se conoce por régimen general a toda actividad comercial por la cual se recibe un beneficio lucrativo. En esta categoría entran instituciones de créditos, como los bancos y los grupos de sociedades, las cuales se refieren a las diversas personas morales que compartan beneficios y obligaciones.

De igual manera están las AGAPES, quienes realizan actividades enfocadas en el sector primario, con las cuales se obtiene un lucro por estas labores.

Sin fines de lucro

Estas personas tienen otro tipo de lineamientos en relación con los pagos de impuesto establecidos en la ley. En este caso, se trata de aquellas actividades donde no se tiene como fin recibir una retribución económica.

Dentro de esta categoría se pueden encontrar diversas personas morales. Algunas de ellas son las asociaciones civiles, entidades que se encargan de llevar a cabo actos de beneficencia o el sindicato de los trabajadores.

También están cámaras de comercio, organizaciones de donativos, asociaciones políticas y religiosas donde no se evidencia que son creadas sin fines de ganancia económica.

Importancia de conocer tu régimen fiscal

Toda persona que se encuentra estableciendo un negocio debe conocer y tomar en cuenta el régimen fiscal. No solo se trata de un simple acto protocolar, sino que es una acción legal que debe identificarse y cumplirse a cabalidad.

Por medio de lo que conocemos por régimen fiscal se puede tener una orientación sobre el pago de los impuestos. Además, elegir el régimen fiscal adecuado para tu empresa solventará de entrada muchos problemas que pueden aparecer en el futuro.

Lo más importante al tener una empresa es cumplir con las leyes estipuladas por el Estado. Esto evitará las multas que trae su incumpliendo y erradicará la posibilidad del cierre de tu empresa por asuntos fiscales.

 

 

 

 

Todo lo que tienes que saber sobre el PTU

Cuando hablamos del ámbito laboral, el PTU es un elemento de suma importancia para todo el que hace vida en una empresa. Existen muchos casos de trabajadores que desconocen totalmente sobre este punto, lo cual puede llevar a que este beneficio no les sea otorgado.

Teniendo esto presente, en esta oportunidad hemos preparado el material necesario para que conozcas sobre el PTU. Así que no pierdas de vista esta información para que no dejes pasar este beneficio tan importante.

¿De qué se trata el PTU?

Conocido también como Participación De Los Trabajadores En Las Utilidades; el PTU tiene que ver con la cantidad de dinero que una empresa otorga al personal que ejerce sus funciones en ella. Lo cual se hace de manera anual y en base a ciertos lineamientos pautados en Leyes del Estado Mexicano que amparan al trabajador.

También puede verse como un medio de reforzamiento que aumenta el rendimiento laboral y garantiza mejores condiciones económicas a los empleados. Esto tiene un sustento legal y es avalado por leyes que amparan los derechos del personal de una organización.

¿Cuáles leyes avalan el PTU?

El PTU es avalado de manera legal por la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos. Donde en el inciso IX del art. 123 se puede leer claramente el decreto que les brinda este subsidio a los empleados.

 

De igual forma, la LFT cuenta con el capítulo VIII, exclusivo en asuntos relacionados con dicho pago. En él encontramos lineamientos de materia legal que llevan a cumplir tal derecho a cabalidad.

En caso de que exista el incumplimiento de estas normas, la empresa pudiera ser sancionada; si se da un desacato mayor, pudiera provocar el cierre de manera temporal o indefinida.

Si la organización maneja de forma adecuada esta ley, aplicando así su debido cumplimiento, evitará cualquier inconveniente. En relación con los que laboran en sus espacios, saber esta información les consentirá gozar del derecho que se les otorga, amparándose así bajo tales lineamientos.

¿Quién puede recibir el PTU?

Aquellas personas que pueden recibir el beneficio del PTU serán descritas a continuación:

  • Quienes se encuentren cumpliendo laboralmente ante una empresa. Esto sin importar la acción que le retribuya monetariamente los servicios que lleve a cabo.
  • Empleados que al menos por dos meses, o 60 días en un transcurso de 365 días, hayan ejercido sus labores; sea este personal activo de la empresa o ex trabajadores que ejerzan sus actividades de forma eventual. Además, también aplica a aquellos empleados que tuvieron un contrato con la empresa pero que ya no están activos.
  • Quienes lleven a cabo labores en organizaciones, establecimientos o industrias, siempre y cuando estén cubriendo puestos libres de manera transitoria o por un tiempo determinado.
  • Personal que realice alguna labor extraordinaria o bajo un tiempo preestablecido. Esto quiere decir, donde una labor no se haya delimitado de forma permanente.
  • Madres que se encuentren cumpliendo el periodo reglamentario del pre y pos-natalidad. Sin importar el tiempo de inactividad debido a la circunstancia.
  • Personas que ejerciendo sus labores quedaron expuestas a accidentes laborales y se encuentran en un periodo de incapacidad.

¿Quién no puede recibir este pago?

A pesar de que esta ley está implementada para amparar a los trabajadores, hay quienes no pueden recibir este beneficio. A continuación, hablaremos de quienes no poseen tal derecho:

  • Aquel personal que se encuentre ocupando cargos de gerencia general, administración y directivos.
  • Aquellos que estén asociados a la empresa o los accionistas.
  • Todo aquel que haya realizado alguna labor de manera eventual, en un rango de sólo 60 días.
  • Profesionales que trabajen bajo una estructura de remuneración monetaria por honorario. Esto por motivo de la no existencia de una conexión laboral directa como subordinado.
  • Quienes ejerzan trabajos domésticos.

¿Quiénes no están obligados a pagar el PTU?

Legalmente también existe la excepción para el pago del PTU. A continuación, mencionaremos cuales son estos casos:

Empresas nuevas

Aquellas empresas nuevas en el mercado, o que recién estén fabricando un producto. Esta medida posee una vigencia de uso de por lo menos unos dos años.

Puede existir el caso de empresas que se fusionan con otras, o en todo caso, que modifican su nombre o la razón social. En este sentido, estas no son contadas como una nueva empresa.

Industria de extracción

Existen compañías que se dedican a la extracción, ya sea de minerales, metales combustibles, entre otras. Si esta empresa se encuentra iniciando sus labores o está en su momento activo de explotación, queda exenta del pago del PTU.

Labores privadas y sin fines de lucros

No pagan PTU aquellos organismos que ejercen sus labores de manera privada y que enfoquen sus actividades con un fin humanitario. Esto bajo el principio de ser una organización sin fines de lucro.

Instituciones con fines culturales

Instituciones que no ejercen un trabajo centralizado y que destinen sus funciones a propósitos culturales, de asistencia o por beneficio, no cancelan el PTU.

Capitales menores

Quienes posean un capital inferior al establecido por medio de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social no pagan PTU.

¿Qué monto es el correspondiente en este caso?

La participación de los trabajos en las utilidades es presentada por la Procuraduría Federal del Trabajo. El porcentaje indicado para establecer este subsidio es determinado por la Comisión Nacional, el cual se basa en un 10% en función a las utilidades consideradas como netas.

El monto que la empresa debe otorgar a su trabajador mantiene una división de 2 partes. La primera se establece de la misma forma para todos los trabajadores. Para ello únicamente se precisa el número de los días que se ha trabajado, sin tomar en consideración el monto del salario.

Con respecto a la segunda, se otorga en relación con la remuneración económica que fue dada en el transcurso del año por parte de la empresa al empleado.

Al momento de sacar el cálculo de tal remuneración es importante tener en cuenta que no son tomados en consideración elementos extras. En este caso, gratificaciones, bonos, entre otros.

¿De qué manera es pagado este beneficio?

El método de pago de este beneficio no resulta nada complejo. Sólo se debe tomar en cuenta que debe hacerse en un tiempo que abarque 60 días. Esto tomando en cuenta la fecha que ya ha sido delimitada por los organismos pertinentes para el pago anual.

En este caso, es importante saber que tanto las personas morales como las personas físicas cuentan con un tiempo límite de pago distinto.

Cuando se trata de una persona moral la fecha para dar inicio al pago es el 31 de marzo. Esto genera un tiempo para el pago del PTU desde el primer día del mes de abril hasta final de mayo del año en curso.

Con respecto a los contratos que las personas físicas les hacen a sus empleados, el tiempo para el pago del PTU es diferente. El plazo va desde el primer día del mes de mayo hasta aproximadamente el 29 de junio.

¿Qué beneficios genera el PTU?

Este subsidio va más allá de ser un requisito legal, ya que su uso genera grandes beneficios tanto a la empresa como a los empleados. En el caso de las empresas, permite que sus subordinados consigan en estos pagos un método de ganancia que pueden usar como mecanismo de incentivo.

Por parte de los trabajadores, el PTU representa una retribución económica que permite verle mayor ganancia a las actividades laborales. De esta forma, se puede percibir como un método para valorar el esfuerzo laboral que muchos han llevado a cabo durante el año.

Es elemental tener presente que este pago no se toma como una fracción del sueldo. En este sentido, puede ser visto como un complemento financiero que en determinado tiempo, y bajo cierto monto, complementa el sueldo.

En términos generales, se puede considerar el PTU como una ayuda que brinda equilibrio y estabilidad. Aspectos que le confieren cierto nivel de importancia en el ámbito de la productividad y del medio social a una empresa. Cumpliendo también con las leyes pertinentes y produciendo mejor calidad laboral a sus trabajadores.

¿Qué pasa si el trabajador no recibe este subsidio o recibe un pago incompleto?

También puede darse la situación de que un trabajador no reciba el PTU, o le llegue un pago incompleto. Existen 2 medidas para realizar la denuncia:

  • Escribir a través del correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx
  • Acudir directamente a las oficinas de la Procuraduría De La Defensa Del Trabajo.

Por medio de estas vías se podrá recibir el asesoramiento adecuado. Se debe tomar en cuenta que existe un lapso de aproximadamente un año para realizar la denuncia; contándose desde el día posterior a las fechas establecidas de pago.

Todo sobre impuestos a Plataformas Digitales

A mediados del año 2020 entró en vigor una nueva normativa de cobro de impuestos a Plataformas Digitales. Se trata de una regulación fiscal, la cual obliga a prestadores de servicios por Internet en México a la cancelación del Impuesto del Valor Agregado (IVA).

Por otro lado, esto también significa la imposición de la retención y declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en determinadas actividades en línea. La actualización de estas disposiciones fiscales obedece, por un lado, al vertiginoso crecimiento del comercio digital.

Este se ha convertido en los últimos años en un gran prospecto de negocios para las nuevas modalidades sociales. Y, por otro lado, está orientada a optimizar las medidas de recaudación y hacerlas más efectivas.

Pero ¿qué implican estas modificaciones fiscales y cómo afectan a las plataformas en Internet? A continuación, desarrollaremos a detalle todo lo que envuelven estas disposiciones en las actividades en línea.

¿Qué implica el cobro de impuestos a plataformas digitales?

La razón de la actualización del régimen de cobro de impuestos a Plataformas Digitales descansa en el incremento de la comercialización en línea. En los últimos años se ha presentado una fuerte migración de la economía física a la digital, donde muchos negocios han centrado su actividad financiera.

Plataformas como Mercado Libre, Uber, DiDi, Cabify y Cornershop se han convertido en generadores de empleos a tiempo completo. Los cuales, como actividades nacientes o emergentes, no habían sido fiscalizados.

Este fenómeno ha causado una reducción en la recaudación de impuestos por el abandono de las actividades financieras tradicionales. Lo que condujo al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a considerar el ingreso de este tipo de comercios a la base de contribuyentes.

Esto implica que determinados negocios digitales están en el deber de retener el IVA y el ISR. Tanto a plataformas domiciliadas en México, como a compañías transnacionales que brinden sus actividades comerciales en el territorio nacional.

¿Cuáles son los impuestos aplicados?

Básicamente, el dictamen sobre la imposición de los impuestos a Plataformas Digitales obliga a estas entidades a retener las imposiciones de sus operaciones. Las mismas servirán como bases de información para fiscalizar las operaciones de sus usuarios.

El funcionamiento del proceso de retención de tributos está expresado en el artículo 113-A de la Ley del ISR. Este explica que dichas plataformas online deben retener el ISR de los tributarios o personas físicas. En el 2020 era con base a rango de ingreso, ahora en el 2021 ya es una tasa fija para todos independientemente de los ingresos que generes.

Tomando en cuenta lo que reza el mencionado artículo, estas consideraciones se pueden expresar de la siguiente manera:

  • En caso de los servicios de traslado por tierra y envío de bienes, se retiene el 2.1%.
  • Para los servicios de alojamiento, la retención representa el 4%.
  • En los procesos de compraventa de bienes y los que prestan servicios, se retiene el 1%.

En el caso del IVA, esta ley expresa en su artículo 18-M dos modalidades. La retención del IVA para quienes estén dados de alta en el RFC es de 8%. Para los tributarios que no estén en el RFC, se les retiene un 16%.

¿A qué plataformas digitales aplica el nuevo régimen de impuestos?

La entrada en vigor de esta nueva reforma fiscal afecta a diversos servidores que prestan servicios a través del Internet en México. Este nuevo régimen expresa de manera explícita la aplicación de impuestos a “Plataformas Digitales”.

Las cuales fueron detalladas en los siguientes rubros:

  1. Servicios de descargas, contenido de imágenes, textos y películas. Así como música, audios, juegos y todo contenido que se considere dentro de la categoría “multimedia”. Esto también incluye a los servicios streaming. Se exceptúan el acceso a libros, diarios digitales y revistas.
  2. Transacciones entre terceros, en donde se incluyen servicios de mediadores para la venta de bienes. Aplica de manera directa a plataformas o aplicaciones informáticas que ponen en contacto a prestadores de servicios, vendedores y consumidores. También afecta a quienes prestan servicios de transporte y hospedaje.
  3. Clubes virtuales, páginas o aplicaciones de citas.
  4. Plataformas de educación y enseñanza online.

¿Afecta la recaudación de impuestos a Plataformas Digitales en los precios de los servicios?

Gran parte de las compañías detrás de los servicios digitales se han establecido en territorios donde pueden obtener beneficios fiscales. Sus domicilios se ubican en países cuyos sistemas económicos les brinda favores en los cobros de impuestos, es decir, pagan menos tributos.

En el caso de México, dichas empresas por no contar con un domicilio fiscal en el país no pagaban impuestos. Esto representaba una desventaja legal para las compañías establecidas de manera legal en el país.

La nueva fiscalización propuesta por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público entró en vigor el 1 de junio de 2020. En ella se expresa que todos los servicios que se obtengan mediante las plataformas digitales deben pagar IVA.

Ahora, la alteración de los impuestos a Plataformas Digitales sobre sus precios ha sido variada en cada organización. Algunas han optado por absorber una pequeña parte del impuesto por razones estratégicas y de competitividad. En cambio, otros servicios han dirigido toda la carga de los tributos a los usuarios finales.

Compromisos por impuestos a Plataformas Digitales

La nueva normativa de impuestos absorbe a los contribuyentes y personas físicas que utilizan o prestan servicios en el Internet. Sin embargo, la ley hace responsable a dichas plataformas de la retención y el pago de los impuestos. El cálculo porcentual serán los estipulados en las leyes de ISR y la del IVA.

Los contribuyentes tienen la opción de elegir si su pago debe realizarse de manera provisional o definitiva. Al inscribirte en el régimen tributario, las retenciones se considerarán como provisionales de manera automática.

Si optas por el pago definitivo, es necesario presentar un aviso ante el SAT. Tomando en cuenta que, una vez elegida esta opción, deberás permanecer en esa modalidad por al menos 5 años.

Otros requisitos y características de los pagos definitivos son los siguientes:

  • Que las retribuciones del año preliminar no hayan excedido los 300.000 pesos.
  • No se podrán aplicar deducciones.
  • No se podrán acreditar los impuestos en gastos e inversiones.
  • Es necesario conservar el comprobante CFDI.
  • Expedir comprobantes CFDI que acrediten las retribuciones percibidas.
  • Hay que notificar que se selecciona el pago definitivo al menos un mes después de haber recibido la primera retribución.
  • Notificar a la plataforma sobre la modalidad de pago definitivo.
  • Presentar la declaración del ISR definitivo.

Compromisos de las plataformas digitales

Los deberes que deben cumplir en relación con el pago de impuestos a Plataformas Digitales están establecidos en la Ley de Impuesto al Valor Agregado. Están expresados en los artículos 18-D y 18-J, los cuales estipulan las siguientes consideraciones:

  1. Consignar ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  2. Debe contar con un actor legal ante el SAT y para la administración del domicilio en el país; lo cual se solicita para notificaciones y seguimiento del cumplimiento fiscal.
  3. Gestionar la eFirma.
  4. Expresar el precio del servicio con el IVA desglosado, o adjuntar la nota “IVA incluido”.
  5. Los impuestos retenidos deben ser declarados como máximo los días 17 del mes siguiente al que se haya efectuado la retención.
  6. Proveer el CFDI los tributos del IVA de los usuarios en un período máximo de 5 días luego de finalizado el mes de retención.
  7. Presentar un informe con la cantidad de servicios y operaciones cada tres meses.
  8. Enviar un reporte de los “Clientes oferentes” cada mes.

¿Cuáles son los efectos de los impuestos a Plataformas Digitales?

Entre los resultados invariables de la implementación de los impuestos a Plataformas Digitales está el alza de los precios. Por un lado, cada empresa debe invertir o mantener personal y especialistas para procesar los impuestos retenidos y enterar a las autoridades.

En segundo lugar, ocurre la adición porcentual de los tributos a los precios de los servicios. Pero más allá de los impactos económicos que esta acción derive, se hace necesario que los usuarios se den de alta en el RFC. Debido a que es un requisito fundamental para acreditar la retención mensual de los impuestos y las retenciones.

Este trámite se realiza a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). En caso de ya estar inscrito, sólo se requiere modificar el módulo de actividades económicas y obligaciones.

El porqué del establecimiento de impuestos a Plataformas Digitales

Son variadas las razones que dan origen a la fiscalización e impuestos a Plataformas Digitales. Por un lado, se buscaba la igualdad fiscal y obligaciones tributarias entre las empresas mexicanas y las grandes multinacionales.

Del mismo modo, es una acción que obedece a la campaña internacional que persigue la fiscalización de las trasnacionales digitales. Además, es una forma de abordar uno de los desafíos más grandes de las autoridades en todo el mundo: el abrumador crecimiento y la adaptación legal a la economía digital.

 

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